Sobre Actuaciones Públicas de Provisionales y Transitorios
| DESCARGA INSTRUCTIVO SOBRE ACTUACIONES PÚBLICAS |
Santiago, 07 diciembre 2010
Instructivo Presidencial establece que directivos Transitorios y Provisionales invoquen la calidad jurídica de su nombramiento en sus actuaciones de carácter público
El Instructivo Presidencial sobre el adecuado funcionamiento del Sistema de Alta Dirección Pública, dispone que quienes se desempeñen de modo transitorio y provisional en cargos de alta dirección, deben invocar la calidad jurídica de su nombramiento en las actuaciones de carácter público en que participen.
En cumplimiento de lo mandatado por el Instructivo Presidencial la Dirección Nacional del Servicio Civil ha definido como “actuaciones públicas” aquellas que ejecuta el directivo transitorio y provisional en representación de la institución o como resultado de la ejecución de la potestad pública o las funciones orgánicas del servicio público en el que es designado, sea en el territorio nacional como en el extranjero.
Asimismo, y en las respectivas instrucciones, se han considerado especialmente actuaciones públicas, las siguientes:
• La presentación del directivo designado en calidad de transitorio y provisional ante la ciudadanía, el mismo servicio, otros servicios públicos y/o poderes del Estado.
• Las acciones comunicacionales ejecutadas en representación de la institución o en el ejercicio del cargo (entrevistas con medios de comunicación, discursos públicos, conferencias de prensa o declaraciones del mismo carácter, entre otras).
• La participación en reuniones o eventos en las que se represente al servicio u organismo público.
• La participación en delegaciones oficiales en representación de Chile, en el país o en el extranjero, respecto de las cuales actúe como directivo del servicio público en el cuál fue designado como transitorio y provisional.
